Proponen reforma para modernizar procesos de divorcio y garantizar el
Aprueba comisión de justicia reforma a la ley orgánica del Poder Judicial del Estado
Las y los diputados integrantes de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado, aprobaron por unanimidad el dictamen que reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, para que este Poder provea la información de personas deudoras alimentarias morosas al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
La presidenta de la comisión, diputada Cinthia Verónica Segovia Colunga, señaló que es de gran trascendencia esta reforma porque ahora se podrá conocer a nivel nacional los nombres de las personas que se encuentran en esta condición, para las consecuencias que haya lugar conforme a la ley.
La reforma establece “designar al área que deberá elaborar y administrar el Padrón Estatal de Personas Deudoras Alimentarias Morosas, el cual se organizará y funcionará de acuerdo con lo que disponga el Reglamento Interior. Asimismo, ordenar al área que se designe para el efecto, suministre, sistematice y actualice la información al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
En el caso de la persona no deudora alimentaria morosa, “la constancia será gratuita cuando sea solicitada por la persona acreedora alimentaria, en los demás casos se cobrarán derechos de conformidad con las leyes en la materia”.
En observancia a lo previsto en el Decreto publicado el 8 de mayo de 2023 en el Diario Oficial de la Federación, por el que se modifican disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, mediante el que se crea el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias y en atención al acuerdo por el que se expiden los lineamientos para regular el Registro, se reformó el artículo 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Asimismo en la reunión de la Comisión de Justicia se aprobó por unanimidad una iniciativa que plantea reformar los artículos 230 y 231 del Capítulo VI relativo al delito de extorsión del Código Penal del Estado, para incrementar las penas de 10 a 15 años cuando el delito sea cometido por ex integrantes e cuerpos de seguridad pública o privada.
Los dictámenes aprobados serán sometidos a la consideración del Pleno para su votación correspondiente.