Reformas en la Ley de Cultura de San Luis Potosí Promueven la Igualdad de Género
Para fortalecer la igualdad de género y asegurar la participación equitativa de las mujeres en el ámbito cultural, el Congreso del Estado de San Luis Potosí ha aprobado reformas significativas a la Ley de Cultura para el Estado y Municipios. Estas reformas incorporan el concepto de igualdad de género, definiéndolo como la situación en la que mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de los bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en el ámbito cultural.
La necesidad de estas reformas se evidencia en la exposición de motivos, que resalta las carencias de género en la legislación cultural vigente y las limitaciones que esto supone para las mujeres en el terreno cultural del estado. Se destacó que, aunque el trabajo artístico ha crecido en México, las mujeres todavía enfrentan discriminación y desventajas, especialmente en áreas como la danza en comparación con la escritura y la crítica.
Además, se resalta la falta de certeza laboral y las deficiencias en las contrataciones y la seguridad social, lo que afecta adversamente la situación de las mujeres a mediano y largo plazo, impactando también otros aspectos como la maternidad.
Como parte de las reformas, se ha añadido a los principios rectores de la Ley el compromiso de garantizar y promover la igualdad de género. También se ha definido este principio en el glosario de la normativa para asegurar su comprensión y aplicación efectiva.
Para la implementación efectiva de la ley, se requerirá que el Ejecutivo estatal, bajo los términos de la Constitución Política del Estado, elabore los presupuestos de ingresos y egresos considerando la perspectiva de género. Esto incluirá los recursos necesarios para acciones derivadas de la nueva ley y para el desarrollo del Programa Estatal en materia cultural.
Esta reforma no solo busca armonizar la ley con temas presupuestarios desde una perspectiva de género, sino también materializar el contenido del artículo 8º de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, que establece la igualdad legal de mujeres y hombres, promoviendo oportunidades equitativas en la vida pública, económica, social y cultural.