Congreso del Estado Busca Orientación del CEEPAC para Cubrir Vacante de Diputación
La Directiva del Congreso del Estado ha hecho una petición formal al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) solicitando orientación sobre el procedimiento adecuado a seguir ante la vacante de una diputación de representación proporcional, en un contexto donde el suplente no está disponible. Esto se realiza en concordancia con el artículo 18 de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí.
Dicho artículo señala que las vacantes de diputaciones de mayoría relativa deben llevarse a elecciones extraordinarias dentro de un plazo no mayor a 90 días, siguiendo las directrices de una convocatoria expedida por el CEEPAC. Para las diputaciones de representación proporcional, la ley estipula que estas deben ser cubiertas por el suplente correspondiente y, en su ausencia, por el candidato o candidata siguiente en la lista del mismo partido, respetando el orden de prelación establecido.
La importancia de mantener la paridad de género en la integración del Congreso del Estado es un criterio fundamental en este proceso, asegurando que se respete el género de la diputación vacante.
Este procedimiento se ha vuelto relevante tras la solicitud de licencia indefinida por parte del diputado José Antonio Lorca Valle, del grupo parlamentario de MORENA, y el subsecuente fallecimiento de su suplente. La consulta al CEEPAC busca clarificar la aplicación correcta de la ley en este caso específico, especialmente en lo que respecta a la designación del siguiente candidato en la lista de representación proporcional y el género correspondiente.
Una vez recibida la opinión del CEEPAC y en estricto apego a la legislación vigente, el Congreso procederá a la incorporación del diputado o diputada que corresponda según la lista previamente avalada por la autoridad electoral, garantizando así la continuidad y la representatividad en el órgano legislativo.