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El Congreso del Estado aprobó una reforma constitucional en materia de igualdad entre hombres y mujeres
A propuesta del diputado René Oyarvide Ibarra, el Congreso del Estado aprobó la reforma constitucional en materia de igualdad entre hombres y mujeres, la cual también fue ratificada por la mayoría de los cabildos de la entidad.
El objetivo de esta reforma constitucional es ampliar el ámbito del concepto de igualdad entre el hombre y la mujer, dando la atribución al Estado para garantizar el desarrollo pleno de este derecho. Además, plantea adicionar un párrafo para que en éste se considere la garantía que el Estado debe otorgar el derecho a toda persona a vivir una vida libre de violencia.
Con esto, se establece que “la mujer y el hombre son iguales ante la ley, bajo principio de igualdad consagrado en este precepto, el Estado promoverá la igualdad de oportunidades y condiciones en los ámbitos de desarrollo humano primordiales como lo son el educativo, laboral, político, económico, social, cultural y en general, todos aquellos que dignifiquen a la persona, por consiguiente, los ordenamientos secundarios deben prever disposiciones que la garanticen, y las autoridades velar por su cumplimiento”.
También se indica que “el Estado garantizará el derecho de toda persona a una vida libre de violencia, en especial aquella contra las mujeres motivada por su género”.
Se indica que con esta modificación, se busca proteger la dignidad de la persona en el seno de la familia, en el sentido de no someter a algún miembro de ella a tratos inhumanos o degradantes. Esto sin dejar de mencionar que también se protege la paz y el orden familiar, la normal convivencia y la protección de las condiciones en que se lleva a cabo el desarrollo de la persona.
Está adecuación constitucional, abona para combatir la violencia de género que ha sido y sigue siendo una de las manifestaciones más claras de la desigualdad, subordinación, y de las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres.
La Minuta reforma al párrafo segundo del artículo 8º; y adiciona el párrafo cuarto al mismo artículo 8º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, la cual también fue aprobada por la mayoría de los Cabildos, por lo cual se llevará a cabo el cómputo de votos y declaratoria de aprobación en la próxima Sesión Ordinaria.