Congreso aprobó decretos que expiden las leyes de ingresos para el ejercicio fiscal 2024 de los 58 municipios
En Sesión Ordinaria, fueron aprobados los Decretos que expiden las leyes de ingresos para el ejercicio fiscal 2024 de los 58 municipios del estado, presentados por las comisiones Primera y Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal.
En su intervención, el diputado Cuauhtli Badillo Moreno, presidente de la Comisión Primera de Hacienda y Desarrollo Municipal, señaló que en estas leyes de ingresos, se atendió a la necesidad de que los municipios cuenten con ingresos que no provengan de cobros excesivos para los contribuyentes; pero también que se fortalezca la hacienda municipal para atender la necesidad que tienen las y los potosinos de contar con servicios municipales de calidad.
Indicó que esta dictaminadora realizó el análisis de cada concepto y tasas de las leyes de ingresos de los siguientes municipios: Ahualulco del Sonido 13, Alaquines, Aquismón, Axtla de Terrazas, Cárdenas, Cerritos, Cerro de San Pedro, Charcas, Ciudad Fernández, Ciudad Valles, Ébano, Lagunillas, Mexquitic de Carmona, Moctezuma, Rayón, San Antonio, San Ciro de Acosta, San Martín Chalchicuautla, Santa Catarina, Soledad de Graciano Sánchez, Tamasopo, Tamazunchale, Tampamolón Corona, Villa de Arriaga, Villa de Guadalupe, Villa de la Paz, Villa de Ramos, Xilitla, y Zaragoza.
Indicó que en las iniciativas de leyes de ingresos planteadas por los ayuntamientos para considerar las contribuciones, para el ejercicio fiscal 2024 se tomó como referencia, en su caso el incremento porcentual de la Unidad de Medida y Actualización, y la inflación acumulada a octubre del presente año.
De igual manera se consideraron los siguientes parámetros para el análisis de las leyes de ingresos: que cuando las tarifas estén en función a la UMA, estás no podrán incrementar debido a que ya tienen un incremento natural año con año; que cuando los conceptos su cobro este denominado en pesos; estos se convertirán en función al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA); y con relación a los nuevos conceptos se analizó su constitucionalidad y su costo se tomó como referencia el valor de la inflación.
Los costos de la reproducción de información se ajustaron en base a los que tiene la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y en los ajustes en materia de agua para los municipios que no cuentan con organismo operador y prestan el servicio, con opinión de la Comisión del Agua de esta Soberanía se acordó que el servicio doméstico no tuvo ajustes, y el servicios comercial e industrial fue indexado al subíndice de agua potable del índice nacional de precios al productor
En el mismo sentido, la diputada Aranzazu Puente Bustindui, indicó que la Comisión Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal que preside, realizó la revisión de las leyes de ingresos municipales para el ejercicio fiscal 2024, de los ayuntamientos de Armadillo de los Infante; Catorce; Cedral; Ciudad del Maíz; Coxcatlán; El Naranjo; Guadalcázar; Huehuetlán; Matehuala; Matlapa; Rioverde; Salinas; San Luis Potosí, San Nicolás Tolentino; San Vicente Tancuayalab; Santa María del Río; Santo Domingo; Tampacán; Tamuín; Tancanhuitz; Tanlajás; Tanquián de Escobedo; Tierra Nueva; Vanegas; Venado; Villa de Arista; Villa de Reyes; Villa Hidalgo, y Villa Juárez.
Señala que en estos dictámenes responden a los estipulados en la “Ley para determinar el valor de la unidad de medida y actualización”, así como los ajustes inflacionarios estimados por el Índice General del Índice Nacional de Precios al Consumidor, y puntualizan los conceptos de cobro expresados en Unidades de Medida y Actualización (UMA) y pesos.
Los ajustes propuestos por los ayuntamientos que se encuentran expresados en pesos, se han ajustado de conformidad con el porcentaje de inflación proyectado para el año 2024, estimado, en un máximo del 5%.
Los propuestos por los ayuntamientos que se encuentran expresados en UMA, no presentan ajuste, toda vez que su valor cambiará a partir del 1 de febrero de 2024 de acuerdo a la normatividad que las rige, y en lo que corresponde a cuotas y tarifas de agua potable, en el caso de municipios que no cuentan con organismos operadores, el ajuste equivale al Índice Nacional de Precios al Productor del agua potable, que es del 4.98%.
Recalcó que en el caso del municipio de San Luis Potosí, se aprobaron ajustes en las mismas condiciones y en el apartado de valores catastrales, no sufren ninguna modificación o ajuste.
En todos los casos, se mantienen los descuentos en el pago de predial durante los meses de enero, febrero y marzo de un 15 a un 5 por ciento; así como estímulos fiscales en beneficio de las personas con discapacidad; de las personas adultas mayores; y de las mujeres que siendo madres solteras asuman en su totalidad el sustento económico de su hogar, así como el de sus hijas e hijos menores de edad, y que se encuentren en estado de desventaja social conforme a las disposiciones de la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí.
Las leyes de ingresos entrarán en vigor a partir del 1° de enero de 2024, y será publicada en el Periódico Oficial del Estado.