En accidentes de tránsito se podrán tomar video o fotografía para evidencia y agilizar movilización
A propuesta del diputado Mauricio Ramírez Konishi, el Congreso del Estado aprobó el decreto que adiciona el artículo 74 Bis de la Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí, para que en los casos de hechos de tránsito, en el supuesto que ambas partes lleguen a un convenio, se pueda realizar videograbación y captura de fotografías, precisando los daños y vehículos que participaron, a efecto de convenir la movilización inmediata a un espacio de resguardo para liberar la vialidad obstruida.
La reforma indica que en los casos en que ambas partes acuerden un convenio, deberán videograbar y capturar fotografías del hecho de tránsito, para efecto de que se identifiquen plenamente los daños, así como los vehículos que intervinieron.
Si el estado mecánico de éstos permite la movilización, y de conformidad con las compañías aseguradoras, en el caso de que las haya, podrán convenir la movilización inmediata a un espacio de resguardo para liberar la vialidad obstruida como consecuencia del hecho de tránsito, y acordar lo relativo al convenio.
Se establece además, que el convenio entre las partes no las libera de las responsabilidades que resulten de las infracciones a esta Ley y demás ordenamientos aplicables.
En su intervención, el legislador señaló que el fenómeno del transporte y la movilidad en la zona metropolitana de la capital potosina se ha convertido en un grave problema; principalmente, cuando ocurre un accidente de tránsito se llega a detener la vialidad hasta por horas, provocando congestionamiento y caos vial, por lo que es importante dar solución a esta situación.
Agrega que las diferentes vías de comunicación siguen resultando notoriamente insuficientes para una vialidad óptima, por lo tanto esta reforma permitirá que legalmente, las partes involucradas en un accidente o hecho de tránsito puedan tomar acuerdos para liberar la vialidad.
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